Transferir el dinero de una compraventa tiene tres costos: la comisión que cobra el banco por la operación, el ITF de 0,005% que fija la Ley 28194 y —cuando el precio está en una moneda y tu dinero en otra— el diferencial del tipo de cambio. Los dos primeros son pequeños y visibles. El tercero no aparece como comisión en ningún lado y, en operaciones grandes, es de lejos el más caro. Se negocia, y casi nadie lo negocia.
Datos clave
- ITF: 0,005% sobre las operaciones gravadas del sistema financiero, según la Ley 28194.
- Transferencias entre cuentas del mismo banco suelen ser gratuitas o muy baratas; entre bancos distintos, no siempre.
- Diferencial cambiario: la brecha entre el tipo de cambio de pizarra y el que consigues negociando; en montos altos es el costo dominante.
- Tipo de cambio preferencial: los bancos lo otorgan por mesa de dinero a partir de ciertos montos. Hay que pedirlo.
- Cheque de gerencia: alternativa habitual para el día de la firma; tiene su propio costo de emisión.
¿Cuál es el costo que de verdad importa?
El del tipo de cambio, siempre que haya cambio de moneda. Una compra pactada en dólares pagada con ahorros en soles obliga a comprar divisas, y ahí la diferencia entre el tipo de cambio de la ventanilla y el que se consigue por mesa de dinero puede representar bastante más que todas las comisiones juntas. La conversación correcta con el banco no es "¿cuánto me cobras por transferir?", sino "¿qué tipo de cambio me das por este monto?".
Ese precio se negocia el mismo día y depende del monto. Vale la pena pedir cotización a dos entidades y a una casa de cambio regulada antes de decidir. Para tener la referencia oficial de la jornada, el tipo de cambio lo publica el BCRP.
¿Qué mecanismo de pago usar el día de la firma?
| Mecanismo | Ventaja | A tener en cuenta |
|---|---|---|
| Transferencia entre cuentas del mismo banco | Inmediata y barata | Requiere que ambas partes tengan cuenta ahí |
| Transferencia interbancaria | No obliga a cambiar de banco | Puede tener comisión y horario de corte |
| Cheque de gerencia | El vendedor lo ve emitido antes de firmar | Costo de emisión y necesidad de depositarlo después |
| Desembolso directo del banco al vendedor | Estándar cuando hay crédito hipotecario | Depende del cronograma del banco |
| Efectivo | Ninguna | Choca con la obligación de usar medios de pago y deja sin rastro la operación |
¿Cómo se coordina para que nadie quede expuesto?
El punto delicado es que el vendedor no quiere firmar antes de cobrar y el comprador no quiere pagar antes de que se firme. La solución práctica es que ambos actos ocurran en la misma sesión: se verifica la transferencia o se entrega el cheque de gerencia en la notaría, y en ese momento se suscribe la escritura. Con crédito hipotecario el orden lo pone el banco: firma primero, desembolso después, contra la presentación del parte al registro.
Cuando hay saldo pendiente, ese saldo debe estar garantizado por escrito, con la figura que corresponda: hipoteca a favor del vendedor, retención en el precio o un título valor. Es el tema de cómo se garantiza el saldo en una venta a plazos.
Ver también: qué es el ITF, cómo afecta el tipo de cambio a la compra y cuánto dinero necesitas el día de la firma.
Preguntas frecuentes
¿El ITF lo paga el comprador o el vendedor?
Lo asume quien realiza la operación gravada en su cuenta. En la práctica aparece en ambos lados del movimiento.
¿Puedo pedir tipo de cambio preferencial siendo cliente común?
Sí. La mesa de dinero atiende por monto, no por categoría de cliente. Si la operación es grande, pídelo: la respuesta más cara es no preguntar.
¿Conviene el cheque de gerencia?
Es útil cuando el vendedor quiere certeza visible en la mesa. Súmale el costo de emisión y confirma que su banco lo acepte sin demoras.
¿Hay límite para transferir?
Los bancos aplican límites por canal —aplicativo, banca por internet, ventanilla—. Para montos de compraventa suele requerirse ventanilla o coordinación previa con el funcionario.
¿Y si el vendedor quiere el dinero en el extranjero?
Es posible, pero agrega comisiones de transferencia internacional, banco corresponsal y tiempos. Debe quedar por escrito quién asume esos costos.
Fuentes
- Ley 28194 — uso de medios de pago e ITF
- Sunat — bancarización e Impuesto a las Transacciones Financieras
- Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS)
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El dinero de una compraventa se ordena antes, no el día de la firma. Estas son las piezas que ayudan:
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