¿Puedo publicar una propiedad que aún está en construcción?

¿Puedo publicar una propiedad que aún está en construcción?

· Guías legales

Se puede, y es la base de toda la preventa. Lo que cambia es qué se puede prometer, cómo se muestra lo que todavía no existe y qué información exige la ley.

Sí se puede, y es exactamente lo que hace toda la venta en planos del país. Lo que cambia respecto de un inmueble terminado es la responsabilidad sobre lo que dices: cuando vendes algo que todavía no existe, la publicidad se convierte en obligación contractual, y el Código de Protección y Defensa del Consumidor sanciona la información que no se cumple. Publicar en construcción es legítimo; prometer de más es lo que trae los problemas.

Datos clave

  • Se puede publicar en obra o en planos, indicando claramente el estado y la fecha estimada de entrega.
  • La publicidad obliga: lo que se ofrece en el aviso forma parte de lo que el comprador puede exigir (Ley 29571).
  • Las imágenes referenciales deben decir que lo son, de forma visible y no en letra chica.
  • Indecopi sancionó 269 veces al sector construcción e inmobiliario en 2026, por 592,84 UIT (S/ 3.260.620 con la UIT de S/ 5.500). Las causales más frecuentes: falta de idoneidad e información insuficiente.
  • Lo que más reclamos genera: la fecha de entrega y los acabados que cambian.

¿Qué debo indicar sí o sí en el aviso?

Cuatro cosas, y las cuatro protegen tanto al comprador como a ti:

Agregar el estado de la licencia y del proyecto también juega a favor: quien compra en planos hoy pregunta por eso, y el vendedor que lo responde en el aviso adelanta un tramo de la conversación.

EtapaQué se puede mostrarQué hay que aclarar
En planosRenders, planos, memoria descriptivaQue las imágenes son referenciales
En obra grisFotos reales del avanceFecha de entrega estimada y avance actual
En acabadosFotos del piso modeloQué acabado corresponde a cada tipología
Terminado sin independizarFotos reales completasEstado registral: independización pendiente

Elaboración propia. Marco: Ley 29571 y fiscalización de Indecopi al sector inmobiliario, 2026.

¿Qué pasa si la obra se retrasa?

El retraso en sí no es infracción; lo que se sanciona es haber ofrecido una fecha como certeza y no cumplirla sin haber previsto el margen ni informado al comprador. Por eso conviene, desde el aviso, hablar de fecha estimada, explicar de qué depende y mantener informado al comprador por escrito durante la obra. Un cronograma comunicado y actualizado es la mejor defensa frente a un reclamo.

¿Y si soy propietario y quiero vender antes de terminar mi casa?

Es habitual y perfectamente publicable. Sé explícito: "casa en casco, falta acabados; se vende en el estado en que está". Ese aviso llega a un público específico —quien busca precio y quiere elegir sus propios acabados— y funciona bien si las fotos muestran la realidad sin maquillaje. Lo que no funciona es publicar renders de cómo quedaría.

¿Cambia algo si es una unidad de un proyecto sin independizar?

Sí, y hay que decirlo: mientras no exista la independización, la unidad no tiene partida propia y eso condiciona el crédito hipotecario del comprador y la inscripción. No impide publicar ni vender, pero define quién puede comprarte y con qué instrumento se formaliza.

Si vas a publicar imágenes del proyecto, conviene saber cómo se leen: qué es un render y en qué se diferencia de una foto.

Preguntas frecuentes

¿Puedo usar renders como fotos principales?

Sí, indicando de forma visible que son imágenes referenciales. Ocultarlo es información engañosa.

¿Necesito licencia de edificación para publicar?

Para publicar, no; para construir y vender formalmente, sí. Informar el estado del proyecto es parte de la información relevante.

¿Puedo pedir separación antes de terminar?

Sí, con un documento que diga qué pasa si el proyecto no se concreta y en qué plazo se devuelve el dinero.

¿Qué pasa si cambio un acabado ofrecido?

Debe estar previsto contractualmente y comunicarse. Cambiar de forma unilateral lo ofrecido es la causal típica de reclamo.

¿Es distinto publicar un lote de habilitación urbana?

Sí: ahí lo relevante es el estado del saneamiento y de las obras de habilitación, y debe declararse con claridad.

Fuentes

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Temas: Publicar, Construcción, Preventa

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