¿Qué es un comodato y cuándo se usa?

¿Qué es un comodato y cuándo se usa?

· Guías legales

Es el préstamo gratuito de un inmueble. Sirve para ordenar el uso que ya le das a un familiar, y tiene un costado tributario que sorprende: ceder gratis no siempre significa no pagar impuesto.

El comodato es el préstamo gratuito de un bien: una parte entrega un inmueble para que otra lo use por un tiempo o para un fin determinado, y luego lo devuelva, sin pagar renta. Está regulado en el Código Civil y es exactamente lo que ocurre, sin papeles, en miles de casos: la casa que se le presta a un hijo, el departamento donde vive un familiar, el local que se cede a un pariente para su negocio. Ponerlo por escrito no complica la relación: la protege.

Datos clave

  • Es gratuito por definición: si hay renta, no es comodato, es arrendamiento.
  • Sirve para probar que la ocupación tiene título y hasta cuándo dura.
  • Renta ficta: la Ley del Impuesto a la Renta presume una renta para los predios cedidos gratuitamente, equivalente al 6% del valor del predio declarado en el autoavalúo.
  • El comodatario debe conservar el bien y devolverlo; los gastos ordinarios de uso suelen ser suyos.
  • Sin documento, recuperar el inmueble de un familiar que se quedó es mucho más difícil.

¿Para qué sirve firmarlo si es entre familia?

Justamente porque es entre familia. El comodato escrito deja constancia de tres cosas que después nadie recuerda igual: que el inmueble se prestó y no se regaló, hasta cuándo, y quién paga qué. Sin ese documento, una ocupación prolongada se convierte en una discusión sobre si hubo donación, si hubo alquiler verbal o si el ocupante tiene algún derecho por el tiempo transcurrido.

Y hay un escenario que conviene mirar de frente: si el propietario fallece, los herederos se encuentran con un pariente viviendo en el inmueble y sin ningún papel que explique por qué. El comodato lo explica.

AspectoComodatoArrendamiento
ContraprestaciónNinguna: es gratuitoRenta pactada
Impuesto del propietarioPuede aplicar la renta ficta del 6% del autoavalúoPrimera categoría sobre la renta percibida
DuraciónEl plazo o el fin pactadoEl plazo del contrato
Gastos de serviciosHabitualmente del comodatarioSegún lo pactado
DevoluciónAl cumplirse el plazo o el finAl vencer el contrato
Formalidad recomendableEscrito, con firmas legalizadasEscrito, con firmas legalizadas
Elaboración de EximiaHaus sobre el Código Civil peruano y la Ley del Impuesto a la Renta.

El costado tributario que sorprende

Ceder gratis un inmueble no siempre significa no declarar nada. La Ley del Impuesto a la Renta contempla una renta ficta para los predios cedidos gratuitamente o a precio no determinado, equivalente al 6% del valor del predio declarado en el autoavalúo, con las excepciones y reglas que la propia norma establece. Es un punto que muchos propietarios desconocen y que conviene revisar con un contador antes de asumir que "como no cobro, no pasa nada".

Ese detalle también importa al comparar opciones: a veces formalizar un alquiler de monto bajo resulta más simple y transparente que sostener una cesión gratuita.

¿Qué debe decir el documento?

Cinco cosas: quién presta y quién recibe, qué inmueble exactamente, para qué uso, por cuánto tiempo o hasta qué evento, y quién paga los servicios y el mantenimiento. Conviene además incluir el estado del inmueble al entregarlo, con fotos, y la obligación de devolverlo en las mismas condiciones salvo el desgaste normal.

Ver también: el impuesto de primera categoría, cómo se alquila un inmueble de varios herederos y qué es la mora en un alquiler.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir que me devuelvan el inmueble antes del plazo?

El Código Civil regula los supuestos en que el comodante puede exigir la devolución anticipada. Tener plazo escrito hace todo más simple.

¿El comodatario puede alquilarlo a otro?

No sin autorización. El comodato se otorga en consideración a la persona y para el uso pactado.

¿Se puede inscribir en Sunarp?

No es lo habitual. Lo práctico es firmarlo con firmas legalizadas ante notario, que da fecha cierta.

¿Sirve para un local comercial?

Sí, y ahí conviene aún más el detalle escrito, porque suele haber inversiones del ocupante que después se reclaman.

¿Y si el familiar deja de irse?

Con documento, la posición del propietario es clara y el camino es el requerimiento y la vía que corresponda. Sin documento, todo se alarga.

Fuentes

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