El 24 de abril de 2026 se publicó la Resolución SBS N.º 01219-2026, que aprueba la "Guía de identificación y reporte de alertas" aplicable a los sujetos obligados a informar a la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú. La novedad es un mecanismo complementario al clásico reporte de operación sospechosa: ahora también deben reportarse "alertas", es decir, operaciones que no llegan al nivel de sospecha pero contienen información relevante para la UIF. Las personas naturales y jurídicas dedicadas a la actividad inmobiliaria o de construcción están dentro del universo de sujetos obligados.
Datos clave
- Norma: Resolución SBS N.º 01219-2026, publicada el 24 de abril de 2026.
- Qué crea: el reporte de alertas, complementario al reporte de operación sospechosa (ROS).
- Quién reporta: el oficial de cumplimiento, a través del sistema ROSEL.
- Sujetos obligados del rubro: personas naturales o jurídicas dedicadas a la actividad inmobiliaria o de construcción, que deben implementar un SPLAFT.
- SPLAFT: Sistema de Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo.
¿Esto me afecta si solo estoy comprando un departamento?
Te afecta de forma indirecta, y saberlo evita malentendidos. La obligación recae en el sujeto obligado —la inmobiliaria, la constructora, el notario, el banco—, no en ti. Pero como esa obligación se cumple con información, te van a pedir documentos: identificación, origen de los fondos, sustento del pago. No es desconfianza personal, es cumplimiento normativo.
El error frecuente es tomárselo a mal y responder con evasivas. En un expediente de compraventa, la persona que no puede explicar de dónde salió el dinero es exactamente la que genera la alerta.
¿Qué gatilla una alerta en una operación inmobiliaria?
La guía aprobada por la SBS sistematiza señales que ya eran conocidas en el sector. Sin entrar en el detalle técnico del anexo, las familias de situaciones más comunes en compraventa son estas:
| Situación | Por qué llama la atención | Cómo evitar el problema |
|---|---|---|
| Pago en efectivo por montos altos | Rompe la trazabilidad del dinero | Bancarizar toda la operación |
| Fraccionamiento de pagos justo debajo de umbrales | Sugiere elusión de controles | Un solo flujo documentado por medio de pago |
| Comprador que no calza con el perfil económico declarado | Origen de fondos no explicado | Sustentar ingresos, préstamos o venta previa |
| Uso de terceros sin relación aparente | Posible testaferro | Que compre quien paga, o poder notarial claro |
| Precio muy distinto al de mercado | Distorsión con fines no comerciales | Tasación o valorización que respalde el precio |
¿Cómo se conecta con la bancarización?
Directamente. La Ley N.º 28194 exige usar medios de pago del sistema financiero a partir de ciertos montos, y su incumplimiento tiene consecuencias tributarias propias: sin bancarización, el gasto o costo no se reconoce. Para efectos de la UIF, además, el pago bancarizado es la manera más simple de que la operación quede documentada de punta a punta. Lo desarrollamos en cómo se paga legalmente una casa.
Dicho de otro modo: bancarizar no es solo cumplir con la SUNAT, es también la mejor defensa del comprador honesto.
¿Qué debe tener una inmobiliaria formal?
Un sistema de prevención implementado (SPLAFT), un oficial de cumplimiento designado con nivel gerencial y autonomía, procedimientos de conocimiento del cliente y capacidad de reportar por el sistema ROSEL. Si estás por comprar en un proyecto y quieres una señal rápida de formalidad, preguntar si tienen oficial de cumplimiento designado es una pregunta incómoda y muy informativa.
¿Y del lado del vendedor?
Conviene tener listo el mismo paquete: identidad, titularidad inscrita, situación tributaria del predio y —si hubo ganancia— el cálculo del impuesto a la renta de segunda categoría. Puedes anticiparlo con la Calculadora de Impuesto a la Renta. Y si vas a vender a un comprador que financia con crédito, revisar su solvencia con el Reporte Equifax completo evita perder semanas con una operación que el banco no iba a aprobar.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la Resolución SBS 01219-2026?
Es la norma, publicada el 24 de abril de 2026, que aprueba la Guía de identificación y reporte de alertas aplicable a los sujetos obligados a informar a la UIF-Perú.
¿Cuál es la diferencia entre una alerta y un ROS?
El reporte de operación sospechosa se emite cuando hay sospecha; la alerta es un reporte complementario sobre operaciones que no alcanzan ese nivel pero contienen información relevante para la UIF.
¿Las inmobiliarias son sujetos obligados?
Sí. Las personas naturales o jurídicas dedicadas a la actividad inmobiliaria o de construcción deben implementar un sistema de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo.
¿Me pueden negar una compra por no explicar el origen de mis fondos?
El sujeto obligado puede abstenerse de realizar operaciones cuando no logra cumplir sus obligaciones de conocimiento del cliente. Lo práctico es llegar con el sustento documentado desde el inicio.
¿Pagar en efectivo es ilegal?
No es ilegal en sí mismo, pero por encima de los umbrales de la Ley N.º 28194 la operación debe canalizarse por medios de pago del sistema financiero, y no hacerlo acarrea consecuencias tributarias además de encender alertas.
Fuentes
- La SBS aprueba la Guía de identificación y reporte de alertas para los sujetos obligados ante la UIF (Resolución SBS N.º 01219-2026, 24/04/2026)
- Sistema de prevención del lavado de activos (SPLAFT) y sujetos obligados ante la UIF-Perú — guía regulatoria
- INEI: el Perú cuenta con más de 13,7 millones de viviendas, según los Censos Nacionales 2025 — La República, 10/07/2026
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