¿Cómo se paga legalmente una casa en el Perú?

¿Cómo se paga legalmente una casa en el Perú?

· Impuestos y trámites

La Ley 28194 obliga a usar medios de pago del sistema financiero, y en inmuebles el umbral es más estricto. Qué medios valen, qué verifica el notario y qué pasa si pagas en efectivo.

En el Perú, el pago de una compraventa de inmueble debe hacerse con medios de pago del sistema financiero: transferencia, cheque de gerencia no negociable, depósito o giro bancario. La obligación viene de la Ley N° 28194, cuyo umbral general se fijó en S/ 2.000 o US$ 500, y en el caso de la transferencia de derechos reales sobre inmuebles el estándar es aún más estricto. Como el precio de cualquier inmueble supera esos montos, la bancarización es obligatoria en todas las compraventas.

Datos clave

  • Umbral general: S/ 2.000 o US$ 500 (Ley N° 28194, modificada por el DL 1529).
  • En inmuebles la exigencia es más estricta y aplica en la práctica a toda operación.
  • Medios válidos: transferencia bancaria, cheque de gerencia no negociable, depósito en cuenta y giro bancario.
  • El notario verifica la bancarización como paso previo a la escritura pública.
  • Sin medio de pago acreditado no se sustenta costo ni gasto tributario y se generan contingencias ante la Sunat.

Qué medios de pago sirven y cuáles no

SirveNo sirve
Transferencia bancaria entre cuentasEfectivo entregado en mano
Cheque de gerencia no negociableCheque simple al portador
Depósito en la cuenta del vendedorPago a un tercero sin sustento
Giro bancarioCompensaciones informales sin documentar
Medios de pago reconocidos por la Ley N° 28194 y su reglamento. Las condiciones de cada instrumento y los umbrales pueden actualizarse por norma: confírmalos con tu notaría o tu asesor tributario antes del cierre.

Por qué el vendedor también debería exigirlo

Se suele pensar que la bancarización protege solo al comprador. No es así:

El error clásico: subvaluar el precio en la minuta

Declarar un precio menor al real para pagar menos alcabala parece un ahorro y es una mala inversión. Tres razones concretas:

  1. Es una contingencia tributaria para ambas partes.
  2. Deja al comprador con un costo de adquisición bajo, de modo que cuando venda pagará más impuesto a la renta sobre una ganancia inflada artificialmente.
  3. Debilita su posición si hay conflicto: lo que se puede reclamar es lo que consta en el contrato.

Recuerda además que la alcabala se calcula sobre el valor de transferencia o el autoavalúo, el que resulte mayor, con las primeras 10 UIT inafectas (S/ 55.000 en 2026). Ver cómo se calcula la alcabala y gastos de cierre.

Cómo ordenar el pago paso a paso

  1. Define en la minuta el precio, la moneda, el tipo de cambio aplicable y el medio de pago de cada armada.
  2. Paga a la cuenta del titular registral, no a terceros. Si hay copropietarios, a cada uno en la proporción que corresponda.
  3. Conserva los comprobantes de cada transferencia: son parte del expediente de la operación.
  4. Si hay crédito hipotecario, el desembolso del banco ya llega bancarizado; asegúrate de que la inicial también lo esté.
  5. Coordina el pago con la firma: lo habitual es que el desembolso se produzca contra la firma de la escritura y la verificación registral. Ver arras y separación.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pagar una casa en efectivo en Perú?

No para efectos legales y tributarios. La Ley N° 28194 obliga a usar medios de pago del sistema financiero —transferencia, cheque de gerencia no negociable, depósito o giro bancario— y el notario verifica esa bancarización antes de otorgar la escritura pública.

¿Desde qué monto es obligatorio bancarizar?

El umbral general es de S/ 2.000 o US$ 500 tras la modificación de la Ley N° 28194. En la transferencia de derechos reales sobre inmuebles la exigencia es más estricta, por lo que en la práctica toda compraventa debe bancarizarse.

¿Qué pasa si no bancarizo el pago?

El pago no puede sustentar costo o gasto tributario, no genera crédito fiscal de IGV cuando corresponde y expone a ambas partes a contingencias ante la Sunat. Además, el notario puede no otorgar la escritura sin ese sustento.

¿Quién verifica que el pago esté bancarizado?

El notario, como paso previo a la escritura pública. Por eso conviene llevar los comprobantes de cada transferencia o cheque de gerencia al momento de la firma.

Fuentes

Cómo te ayuda EximiaHaus

El día del pago es el momento de mayor riesgo de toda la operación. Conviene llegar con todo verificado:

  • Calculadora de Alcabala — calcula en segundos el 3% que paga el comprador, con las 10 UIT no afectas y la fecha límite de pago.
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Temas: Bancarización, Medios de pago, Sunat, Notaría

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