Cuando fallece el titular de un crédito con garantía hipotecaria, la deuda no desaparece ni se traslada al patrimonio personal de los herederos: se paga con la masa hereditaria y el inmueble sigue gravado. Los primeros sesenta días son decisivos, porque en ellos se define si el seguro de desgravamen cubre el saldo y si las cuotas siguen al día mientras se ordena la sucesión.
Datos clave
- Primero: comunicar el fallecimiento al acreedor por escrito.
- Segundo: verificar si existe seguro de desgravamen y presentar el reclamo con la documentación.
- Tercero: mantener las cuotas al día mientras se resuelve; los intereses no se detienen.
- Cuarto: iniciar la sucesión intestada o abrir el testamento e inscribirla.
- Quinto: decidir en familia: conservar, vender o entregar.
La secuencia de los primeros 60 días
| Semana | Acción | Documento |
|---|---|---|
| 1 | Aviso al acreedor | Carta y certificado de defunción |
| 1-2 | Solicitud de estado de cuenta | Estado de cuenta al día del fallecimiento |
| 2-3 | Reclamo del desgravamen | Póliza, contrato, certificado |
| 3-6 | Trámite de sucesión | Sucesión intestada o testamento |
| 6-8 | Inscripción en Sunarp | Parte notarial o resolución |
| 8 | Decisión patrimonial | Acuerdo entre herederos |
El punto que más dinero decide: el desgravamen
Si el crédito contaba con seguro de desgravamen, la cobertura puede cancelar el saldo. Depende de la póliza, de sus exclusiones y de los plazos de aviso, por lo que la gestión debe iniciarse de inmediato y por escrito. Ver seguro de desgravamen.
Las tres decisiones de la familia
Conservar: alguien asume las cuotas y compensa a los demás. Vender: se cancela la deuda y se reparte el saldo; suele ser la salida más limpia cuando hay varios herederos. Entregar: cuando la deuda supera el valor. Ver ¿se hereda la deuda? y publicar una propiedad heredada.
Preguntas frecuentes
¿Puedo seguir pagando aunque la sucesión no esté inscrita?
Sí, y conviene hacerlo: evita mora e intereses mientras se ordena la titularidad.
¿El banco puede ejecutar durante la sucesión?
Si la deuda entra en mora, la ejecución es posible. Por eso el aviso temprano y el pago de cuotas son tan importantes.
¿Qué pasa si los herederos no se ponen de acuerdo?
El inmueble queda inmovilizado en la práctica y la deuda sigue corriendo. La división y partición, o la venta, son las salidas.
¿Los herederos menores complican el trámite?
Requieren representación y, en ciertos actos, autorización judicial. Conviene prever esos plazos desde el inicio.
Fuentes
- Créditos hipotecarios — Portal del Usuario, SBS
- ¡Protege tu propiedad de posibles estafas inmobiliarias! — Sunarp, gob.pe
- La hipoteca y el proceso de ejecución de la garantía — Estudio Garcés Abogados
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