En el Perú las deudas del fallecido se pagan con la masa hereditaria, no con el patrimonio propio de los herederos. Si el inmueble está hipotecado, el gravamen continúa vigente y los herederos deciden entre tres caminos: pagar o refinanciar y quedarse con el bien, venderlo y cancelar la deuda con el precio, o dejar que el acreedor ejecute. Antes de cualquier decisión, hay que revisar si existía seguro de desgravamen.
Datos clave
- Principio: el heredero no responde con su patrimonio propio más allá de lo que recibe.
- Seguro de desgravamen: si el crédito lo tenía, puede cancelar el saldo al fallecimiento del titular; hay que reclamarlo con la documentación.
- Paso previo: inscribir la sucesión para poder disponer del inmueble.
- El gravamen sigue: la hipoteca no se extingue por la muerte del deudor.
- Renuncia a la herencia: es una opción formal cuando el pasivo supera al activo.
Los tres caminos, comparados
| Opción | Cuándo tiene sentido | Qué exige |
|---|---|---|
| Pagar o refinanciar | El inmueble vale más que la deuda y hay capacidad de pago | Sucesión inscrita y acuerdo con el acreedor |
| Vender y cancelar | Los herederos no quieren o no pueden asumir cuotas | Coordinación con el acreedor y venta ordenada |
| Dejar que ejecuten | La deuda supera el valor del bien | Evaluar el saldo insoluto y sus efectos |
Lo primero: buscar el seguro
Muchos créditos hipotecarios incluyen seguro de desgravamen, que cubre el saldo ante el fallecimiento del titular. La cobertura depende de la póliza, de las exclusiones y de los plazos de aviso. Reúne el certificado de defunción, el contrato y el estado de cuenta, y presenta el reclamo formalmente. Ver seguro de desgravamen.
Los errores típicos de una sucesión con hipoteca
Uno: dejar de pagar mientras se ordena la sucesión. Los intereses corren igual.
Dos: no comunicar el fallecimiento al acreedor.
Tres: demorar la inscripción de la sucesión, lo que bloquea vender o refinanciar. Ver sucesión intestada y hipoteca y sucesión.
Preguntas frecuentes
¿Pueden cobrarme a mí la deuda de mi padre?
Solo dentro de lo que recibas por herencia. Tu patrimonio propio no responde por el exceso.
¿Conviene renunciar a la herencia?
Puede convenir si el pasivo supera claramente al activo. Es una decisión formal, con plazos y efectos; conviene evaluarla con asesoría.
¿Se puede vender el inmueble sin cancelar la hipoteca?
Sí, coordinando el pago del saldo al momento del cierre. Ver vender con hipoteca vigente.
¿Y si un heredero quiere quedarse con la casa?
Puede compensar a los demás y asumir la deuda, previa aceptación del acreedor si va a refinanciar a su nombre.
Fuentes
- Sobre la necesidad de reformar el sistema de garantías y facilitar el acceso al crédito — Ministerio de Economía y Finanzas
- La hipoteca y el proceso de ejecución de la garantía — Estudio Garcés Abogados
- ¡Protege tu propiedad de posibles estafas inmobiliarias! — Sunarp, gob.pe
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