Sí se puede, y la fórmula habitual es comprar en copropiedad, con el porcentaje de cada uno indicado expresamente en la minuta y en la partida registral. Lo que no conviene es comprar "a medias" de palabra y poner el inmueble a nombre de uno solo: eso funciona mientras la relación funciona.
Datos clave
- Copropiedad: cada uno figura con su cuota, que debe constar en el título.
- Los aportes desiguales se reflejan en porcentajes desiguales.
- Ambos como codeudores: si hay crédito, los dos responden por el íntegro ante el banco.
- Unión de hecho: si está reconocida e inscrita, cambia el régimen patrimonial y los derechos sucesorios.
- Salida ordenada: conviene pactar desde el inicio qué pasa si uno quiere salir.
¿Cómo se fijan los porcentajes?
Por lo aportado: inicial, gastos de cierre y cuotas. Si uno pone el 70 % de la inicial y ambos pagan la cuota por mitades, el porcentaje justo no es 50/50 ni 70/30: es una cuenta que conviene hacer y dejar escrita antes de firmar. Un documento simple entre los dos, además de la minuta, evita años de discusión.
| Decisión | Dónde debe quedar |
|---|---|
| Porcentaje de cada uno | Minuta y partida registral |
| Quién aporta qué cada mes | Acuerdo privado entre las partes |
| Qué pasa si uno quiere vender | Acuerdo privado, con derecho de preferencia |
| Qué pasa si uno deja de pagar | Acuerdo privado y, ante el banco, ambos responden |
| Régimen de la unión de hecho | Escritura pública e inscripción en el Registro Personal |
Elaboración de EximiaHaus sobre las reglas de copropiedad del Código Civil y la práctica bancaria. Revisa tu caso con un abogado antes de firmar.
¿Y si la relación termina?
Las opciones son las de cualquier copropiedad: uno compra la cuota del otro, se vende y se reparte, o se pide la partición. Ninguna es rápida si no hay acuerdo previo, y por eso vale tanto pactarlo antes. El escenario está descrito en cómo se vende un inmueble en copropiedad.
¿Conviene inscribir la unión de hecho?
Si cumplen los requisitos, sí: cambia el régimen de bienes y otorga derechos sucesorios. La consecuencia de no hacerlo está en si el conviviente hereda sin unión de hecho inscrita, y el marco general, en qué es la unión de hecho y qué pasa con la casa.
¿Suman los dos ingresos para el crédito?
Sí, si ambos entran como titulares y codeudores, y eso amplía la capacidad de compra. También amplía la responsabilidad: si uno deja de pagar, el banco cobra al otro. Calcula el escenario conjunto en la calculadora de crédito hipotecario.
Preguntas frecuentes
¿Podemos poner porcentajes distintos?
Sí, y deben constar en el título de propiedad.
¿Uno puede vender su parte sin el otro?
Puede vender su cuota; conviene pactar derecho de preferencia.
¿Qué pasa si uno fallece?
Su cuota pasa a sus herederos, salvo que exista unión de hecho inscrita con efectos sucesorios.
¿Sirve un contrato privado entre nosotros?
Sirve entre ustedes; frente a terceros manda lo inscrito.
¿Podemos cambiar los porcentajes después?
Sí, mediante una transferencia de cuota, con sus costos.
Fuentes
Cómo te ayuda EximiaHaus
Para llegar a la compra con los números claros:
- Calculadora de cuota de crédito hipotecario — calcula tu cuota mensual con seguros incluidos, o averigua cuánto te alcanza según el sueldo que tienes.
- Reporte Equifax completo — revisa historial crediticio, deudas y score por S/ 7.90, con la segunda consulta gratis.
- Buscador de propiedades — filtra por distrito, precio y tipo de inmueble en todo el Perú.
- Asesoría legal inmobiliaria — acompañamiento en compraventa, contratos y saneamiento para que operes con seguridad.
¿Prefieres que te asesoremos directamente? Escríbenos por WhatsApp desde la página de servicios y te respondemos el mismo día.