¿Puedo comprar una casa con mi pareja sin casarnos?

¿Puedo comprar una casa con mi pareja sin casarnos?

· Guías legales

Se puede y es frecuente: se compra en copropiedad con porcentajes definidos. Qué debe decir la minuta, cómo se protege cada uno y qué pasa si la relación termina.

Sí se puede, y la fórmula habitual es comprar en copropiedad, con el porcentaje de cada uno indicado expresamente en la minuta y en la partida registral. Lo que no conviene es comprar "a medias" de palabra y poner el inmueble a nombre de uno solo: eso funciona mientras la relación funciona.

Datos clave

  • Copropiedad: cada uno figura con su cuota, que debe constar en el título.
  • Los aportes desiguales se reflejan en porcentajes desiguales.
  • Ambos como codeudores: si hay crédito, los dos responden por el íntegro ante el banco.
  • Unión de hecho: si está reconocida e inscrita, cambia el régimen patrimonial y los derechos sucesorios.
  • Salida ordenada: conviene pactar desde el inicio qué pasa si uno quiere salir.

¿Cómo se fijan los porcentajes?

Por lo aportado: inicial, gastos de cierre y cuotas. Si uno pone el 70 % de la inicial y ambos pagan la cuota por mitades, el porcentaje justo no es 50/50 ni 70/30: es una cuenta que conviene hacer y dejar escrita antes de firmar. Un documento simple entre los dos, además de la minuta, evita años de discusión.

DecisiónDónde debe quedar
Porcentaje de cada unoMinuta y partida registral
Quién aporta qué cada mesAcuerdo privado entre las partes
Qué pasa si uno quiere venderAcuerdo privado, con derecho de preferencia
Qué pasa si uno deja de pagarAcuerdo privado y, ante el banco, ambos responden
Régimen de la unión de hechoEscritura pública e inscripción en el Registro Personal

Elaboración de EximiaHaus sobre las reglas de copropiedad del Código Civil y la práctica bancaria. Revisa tu caso con un abogado antes de firmar.

¿Y si la relación termina?

Las opciones son las de cualquier copropiedad: uno compra la cuota del otro, se vende y se reparte, o se pide la partición. Ninguna es rápida si no hay acuerdo previo, y por eso vale tanto pactarlo antes. El escenario está descrito en cómo se vende un inmueble en copropiedad.

¿Conviene inscribir la unión de hecho?

Si cumplen los requisitos, sí: cambia el régimen de bienes y otorga derechos sucesorios. La consecuencia de no hacerlo está en si el conviviente hereda sin unión de hecho inscrita, y el marco general, en qué es la unión de hecho y qué pasa con la casa.

¿Suman los dos ingresos para el crédito?

Sí, si ambos entran como titulares y codeudores, y eso amplía la capacidad de compra. También amplía la responsabilidad: si uno deja de pagar, el banco cobra al otro. Calcula el escenario conjunto en la calculadora de crédito hipotecario.

Preguntas frecuentes

¿Podemos poner porcentajes distintos?

Sí, y deben constar en el título de propiedad.

¿Uno puede vender su parte sin el otro?

Puede vender su cuota; conviene pactar derecho de preferencia.

¿Qué pasa si uno fallece?

Su cuota pasa a sus herederos, salvo que exista unión de hecho inscrita con efectos sucesorios.

¿Sirve un contrato privado entre nosotros?

Sirve entre ustedes; frente a terceros manda lo inscrito.

¿Podemos cambiar los porcentajes después?

Sí, mediante una transferencia de cuota, con sus costos.

Fuentes

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Temas: Compra, Pareja, Copropiedad

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