Checklist para alquilar tu inmueble

Lo que conviene hacer antes de entregar las llaves y durante el contrato: elegir bien al inquilino, firmar el contrato con la forma que permite el desalojo notarial, declarar el alquiler cada mes y saber qué hacer si deja de pagar. La diferencia entre recuperar tu inmueble en semanas o en meses se decide el día que firmas.

Datos actualizados el (reglas verificadas en el artículo del blog que cita cada punto)

Vista previa: los primeros 6 de los 27 puntos

  1. Fija la renta con alquileres reales de tu zona y tipología: un precio alto se paga con meses vacío. Dónde: Comparables del mercado. Cómo alquilar tu departamento o casa en el Perú: guía completa 2026 para propietarios (precio, contrato, inquilino y desalojo)
  2. Si el inmueble tiene hipoteca, revisa las condiciones de tu crédito antes de alquilarlo. Dónde: Banco o caja. Cómo alquilar tu departamento o casa en el Perú: guía completa 2026 para propietarios (precio, contrato, inquilino y desalojo)
  3. Si vas a usar el Formulario Único de Arrendamiento (FUA), confirma que el inmueble sea de vivienda, habitable, tuyo e inscrito en Registros Públicos. Dónde: Sunarp. Formulario Único de Arrendamiento (FUA): qué es y por qué conviene usarlo
  4. Ten RUC y clave SOL: los necesitas para declarar el alquiler cada mes. Dónde: SUNAT. Impuesto a la renta por alquiler: cómo se calcula y se declara en Perú
  5. Pide DNI o carné de extranjería y verifica que coincida con el resto de papeles. Dónde: Postulante. ¿Qué papeles le pido a un inquilino?
  6. Pide las tres últimas boletas de pago o recibos por honorarios. Lo habitual es exigir un ingreso demostrable de al menos tres veces la renta. Dónde: Postulante. ¿Qué papeles le pido a un inquilino?

El checklist completo, con los 27 puntos en 6 etapas y el artículo que explica cada uno, se descarga gratis en PDF.

Qué incluye el checklist

Veintisiete puntos en seis etapas: preparar el inmueble, elegir al inquilino con sus papeles y su historial, firmar el contrato con la forma y las cláusulas que exige la Ley 30933, hacer la entrega con inventario, cumplir cada mes con SUNAT y actuar bien si el inquilino deja de pagar. Cada punto dice dónde se hace y qué artículo del blog lo explica.

El punto que más dinero cuesta olvidar es la forma del contrato: sin FUA o escritura pública, cláusula de allanamiento, sometimiento a la ley y cuenta de abono, el desalojo notarial no está disponible. Lo explicamos en la cláusula de allanamiento a futuro.

Base legal y fuentes

Preguntas frecuentes sobre alquilar tu inmueble

¿Qué necesita mi contrato para poder usar el desalojo notarial?
Constar en FUA o en escritura pública, e incluir la cláusula de allanamiento a futuro, la cláusula de sometimiento expreso a la Ley 30933 y el número, tipo y moneda de la cuenta donde se paga la renta. Un contrato privado con firmas legalizadas no basta para la vía notarial.
¿Cuánto impuesto pago por alquilar?
El 5 % de lo que cobras cada mes, con el Formulario Virtual 1683. Desde el 1 de enero de 2026 se paga solo sobre lo efectivamente percibido: si el inquilino no te paga un mes, ese mes no generas pago.
¿Cuántos meses de garantía puedo pedir?
No hay un número fijado por ley: es lo que acuerden. Lo habitual en vivienda es una o dos rentas. Lo que hace que sirva es la redacción: qué cubre, que no es renta adelantada y cuándo se devuelve.
¿Puedo cambiar la chapa si el inquilino no paga?
No. Cortar servicios, cambiar la chapa o impedir el ingreso te expone a una denuncia penal y perjudica tu caso. Lo que corresponde es la carta notarial y el desalojo por la vía que permita tu contrato.

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