Modelo de reglamento interno de junta de propietarios
El reglamento interno es la «constitución» de un edificio o condominio: define qué es de cada propietario y qué es común, cuánto pesa cada unidad en las decisiones y en los gastos, cómo funciona la junta y cuáles son las reglas de convivencia.
Todo edificio sujeto al régimen de propiedad exclusiva y propiedad común debe tenerlo inscrito. Este modelo sigue la estructura habitual bajo la Ley 27157 y su reglamento, y sirve tanto para edificios nuevos como para juntas que necesitan actualizar un reglamento antiguo.
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REGLAMENTO INTERNO DE LA JUNTA DE PROPIETARIOS
Edificio / Condominio [NOMBRE], ubicado en [DIRECCIÓN], inscrito en la Partida Electrónica N.º [____] del Registro de Predios de [____].
CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. El presente reglamento regula los derechos y obligaciones de los propietarios y ocupantes de las secciones de propiedad exclusiva y de los bienes de propiedad común del edificio, conforme a la Ley N.º 27157 y su reglamento.
Artículo 2. Es obligatorio para todos los propietarios, sus sucesores y los ocupantes a cualquier título.
CAPÍTULO II: SECCIONES DE PROPIEDAD EXCLUSIVA
Artículo 3. Son secciones de propiedad exclusiva: [departamentos N.º __ al __, estacionamientos N.º __ al __, depósitos N.º __ al __], con las áreas que constan en los planos y en el anexo 1.
Artículo 4. Cada propietario usa su sección conforme a su destino [vivienda], sin alterar la fachada ni la estructura, y sin afectar la seguridad o la tranquilidad de los demás.
CAPÍTULO III: BIENES Y SERVICIOS COMUNES
Artículo 5. Son bienes comunes: el terreno, la estructura, fachadas, techos, escaleras, ascensores, pasadizos, hall, cisterna, tanque elevado, [áreas verdes, piscina, salón de usos múltiples] y las instalaciones generales.
Artículo 6. Los bienes comunes se usan según su destino y no pueden ser ocupados en forma exclusiva por ningún propietario, salvo acuerdo de la junta.
Cuándo usar este modelo
- Edificios nuevos que deben inscribir su reglamento.
- Juntas de propietarios que quieren actualizar su reglamento.
- Condominios de casas o quintas.
Qué incluye
- Disposiciones generales
- Secciones de propiedad exclusiva
- Bienes y servicios comunes
- Porcentajes de participación
- Junta de propietarios
- Gastos y cuotas de mantenimiento
- Convivencia
- Sanciones y modificación
Formalidad: ¿dónde y cómo se firma?
Se aprueba por los propietarios, se formaliza según lo que exija el registro y se inscribe en el Registro de Predios. Se rige por la Ley 27157 y el TUO de su reglamento (D.S. 035-2006-VIVIENDA). Las modificaciones requieren las mayorías que fije el propio reglamento.
Preguntas frecuentes
- ¿Es obligatorio tener reglamento interno?
- Sí, en los edificios y condominios sujetos al régimen de propiedad exclusiva y propiedad común. Es lo que permite inscribir la independización de las unidades.
- ¿El reglamento puede prohibir mascotas?
- Es una pregunta frecuente con matices. Revisa el artículo del blog sobre mascotas en edificios antes de incluir una prohibición.
- ¿Cómo se modifica el reglamento?
- Con el voto de la mayoría que el propio reglamento establece, en junta convocada con ese fin. Revisa también el artículo sobre la modificación del reglamento en 2026.
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Para entenderlo mejor
- Reglamento interno y junta de propietarios: derechos y obligaciones que debes conocer
- Ser presidente de la junta de propietarios: qué puedes hacer y de qué respondes
- Modificar el reglamento interno de tu edificio ya no siempre exige escritura pública
- Mascotas en el edificio: qué puede prohibir el reglamento interno y qué no
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Modelo referencial de uso general. No constituye asesoría legal.