Modelo de constancia de no adeudo de alquiler o mantenimiento
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La constancia de no adeudo deja por escrito que una persona no debe nada hasta una fecha. En el mundo inmobiliario se pide en dos momentos: cuando el inquilino entrega el inmueble y quiere constancia de que pagó todas las rentas y servicios, y cuando se vende un departamento y el comprador exige que la junta de propietarios certifique que no hay cuotas de mantenimiento pendientes.
Este modelo trae las dos versiones: la que firma el propietario al inquilino y la que firma el presidente o el administrador de la junta. Indica los conceptos, el periodo y la fecha de corte. Las constancias de no adeudo de tributos municipales (predial y arbitrios) se piden a la municipalidad, con su propio formato.
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Vista previa del modelo
CONSTANCIA DE NO ADEUDO
Usa la versión A si eres propietario y el inquilino deja el inmueble; la versión B si eres presidente o administrador de la junta de propietarios.
VERSIÓN A — DEL PROPIETARIO AL INQUILINO
Yo, [NOMBRE DEL ARRENDADOR], identificado(a) con DNI N.º [____], en mi calidad de arrendador(a) del inmueble ubicado en [DIRECCIÓN], hago constar que [NOMBRE DEL ARRENDATARIO], identificado(a) con DNI N.º [____], quien ocupó el inmueble en virtud del contrato de arrendamiento de fecha [____], NO ADEUDA suma alguna por concepto de:
[X] Renta de alquiler, hasta el mes de [MES] de 20[__].
[X] Consumo de luz, agua [y gas], hasta la lectura del [FECHA].
[X] Cuota de mantenimiento de la junta de propietarios, hasta el mes de [MES] de 20[__].
[ ] Otros: [____].
[El inmueble fue devuelto el [FECHA], con acta de entrega firmada por ambas partes.]
[CIUDAD], [FECHA]. Firma del arrendador: ____________________ DNI N.º [____]
VERSIÓN B — DE LA JUNTA DE PROPIETARIOS
La Junta de Propietarios del Edificio / Condominio [NOMBRE], ubicado en [DIRECCIÓN], representada por su [presidente(a) / administrador(a)] [NOMBRE], identificado(a) con DNI N.º [____], hace constar que la unidad [departamento / estacionamiento / depósito N.º ____], de propiedad de [NOMBRE DEL PROPIETARIO], NO ADEUDA cuotas ordinarias ni extraordinarias de mantenimiento, multas ni otros conceptos a favor de la junta, hasta el mes de [MES] de 20[__], inclusive.
Se adjunta el estado de cuenta de la unidad con fecha de corte [FECHA].
La presente se expide a solicitud del interesado para [la compraventa de la unidad / los fines que estime conveniente].
[CIUDAD], [FECHA]. Firma: ____________________ [NOMBRE] — [Presidente(a) / Administrador(a)] — DNI N.º [____]
Cuándo usar este modelo
- Inquilino que devuelve el inmueble y necesita constancia de que está al día.
- Vendedor de un departamento que debe acreditar que no debe mantenimiento.
- Nuevo inquilino al que le piden referencias del alquiler anterior.
Qué incluye
- Versión a — del propietario al inquilino
- Versión b — de la junta de propietarios
Formalidad: ¿dónde y cómo se firma?
Documento privado firmado por quien recibe los pagos: el propietario o el presidente o administrador de la junta. No reemplaza la constancia de no adeudo tributario que emite la municipalidad ni el estado de cuenta de las empresas de luz y agua. Con firma legalizada, tiene fecha cierta.
Preguntas frecuentes
- ¿Quién firma la constancia de no adeudo del mantenimiento?
- El presidente de la junta de propietarios o el administrador del edificio, según lo que diga el reglamento interno. Conviene adjuntar el estado de cuenta de la unidad.
- ¿Qué pasa si compro un departamento con deuda de mantenimiento?
- Puedes terminar respondiendo por ella frente a la junta. Por eso se pide la constancia antes de firmar la compraventa, y se descuenta la deuda del precio si la hay.
- ¿La constancia de no adeudo de alquiler me sirve para recuperar la garantía?
- Sí, ayuda: prueba que no hay rentas ni servicios pendientes, que es la razón más frecuente para retener la garantía. Se complementa con el acta de entrega.
Fuentes
- Código Civil, D. Leg. N° 295, arts. 1229 y 1230 (recibo y constancia de pago) (edición oficial, gob.pe)
- Ley N° 27157, de regularización de edificaciones y del régimen de propiedad exclusiva y común (juntas de propietarios) — gob.pe
- Código Civil, D. Leg. N° 295, art. 1711 (devolución del bien arrendado) (edición oficial, gob.pe)
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