Alquiler temporal en el Perú: todo lo que está cambiando en 2026

Alquiler temporal en el Perú: todo lo que está cambiando en 2026

Por · Alquiler

Actualizado el · Publicado el

Escuchar este artículo (11 min)

Ordenanzas municipales que lo prohíben, proyectos de ley que lo quieren registrar y fiscalización conjunta de Sunat con municipios en distritos turísticos. Ordenamos qué rige hoy, qué es propuesta y qué debe hacer un propietario que alquila por días.

En 2026 el alquiler temporal en el Perú sigue sin ley propia. El dictamen que crearía el REDAT, registro digital a cargo del Mincetur con multas de hasta 7 UIT, fue aprobado en comisiones y espera el Pleno del Congreso. Mientras tanto rigen las ordenanzas distritales, como la 561/MM de Miraflores, el reglamento interno de cada edificio y, desde enero de 2026, el criterio de lo percibido de la Ley 32430.

El alquiler temporal en el Perú se rige hoy por una combinación de tres capas que no siempre coinciden: las ordenanzas de cada municipalidad, el reglamento interno de cada edificio y las obligaciones tributarias ante Sunat. No existe todavía una ley nacional específica: hay proyectos en el Congreso que proponen un registro y estándares mínimos.

Datos clave

  • No hay ley nacional específica vigente: se debaten los proyectos 9084/2024-CR y 9362/2024-CR.
  • Lo que proponen: inscripción obligatoria de los arrendadores en el REDAT mediante declaración jurada.
  • Nivel municipal: Miraflores emitió la Ordenanza N° 561/MM, que prohíbe el uso de inmuebles como residencia rotativa, alquiler vacacional o alojamiento.
  • Opinión vecinal: se reportó que el 72% de vecinos de Miraflores pide que se regule el alquiler por plataformas por falta de seguridad y control.
  • Fiscalización 2026: se reporta fiscalización conjunta entre Sunat y municipalidades en distritos turísticos de Lima.
  • Tributario: desde 2026 rige el criterio de lo percibido en rentas de primera categoría (Ley 32430).

Las tres capas que hay que revisar antes de publicar un inmueble por días

CapaQué revisarDónde
MunicipalOrdenanzas que regulen o prohíban el uso de residencia rotativa o alojamientoMunicipalidad distrital
Del edificioReglamento interno: uso permitido de las unidadesPartida registral del edificio
TributariaCategoría de renta según los servicios que prestesSunat
Elaboración propia con las ordenanzas municipales reportadas, la normativa tributaria vigente y la cobertura de Gestión, ESAN, Turiweb y la Universidad de Lima. Actualizado al 24 de agosto de 2026.

La segunda capa es la que más gente ignora y la que primero genera conflictos: el reglamento interno puede restringir el uso de las unidades, y esa restricción opera aunque la municipalidad no diga nada. Ver ¿puede el reglamento interno prohibir el alquiler por días?.

El caso Miraflores: prohibición y contestación

Miraflores emitió la Ordenanza N° 561/MM, que prohíbe destinar inmuebles a residencia rotativa, alquiler vacacional o alojamiento. La norma resultó controvertida: un grupo de vecinos impulsó una campaña pidiendo su derogación, mientras que se reportó que un 72% de vecinos pide que se regule el alquiler por plataformas, invocando falta de seguridad y control.

Ambas cosas conviven y describen bien el debate: hay demanda de regulación y desacuerdo sobre si esa regulación debe ser una prohibición. Lo desarrollamos en la ordenanza de Miraflores.

Lo que se propone a nivel nacional

El predictamen de los proyectos de ley 9084/2024-CR y 9362/2024-CR establece la obligación de que los arrendadores que ofrecen propiedades en plataformas se inscriban en el REDAT mediante declaración jurada, dentro de un marco que busca uniformizar reglas y fijar estándares mínimos.

Conviene subrayarlo: son proyectos, no normas vigentes. Nadie está obligado hoy a inscribirse en un registro que aún no existe. Ver qué propone el REDAT.

La parte tributaria, que sí es exigible hoy

Aquí no hay ambigüedad ni proyectos: las obligaciones existen. La clave está en qué categoría de renta corresponde, y eso depende de los servicios que se presten junto con el alojamiento. Alquilar un departamento amoblado no es lo mismo que ofrecer limpieza diaria, recepción y desayuno.

Se reporta además que Sunat emplea herramientas de análisis para detectar cuándo un anfitrión ofrece servicios de tipo hotelero, y fiscalización conjunta con municipalidades en distritos turísticos de Lima. Ver primera o tercera categoría.

¿Conviene el alquiler temporal?

Depende del inmueble, del distrito y de cuánta gestión estés dispuesto a asumir. Genera más ingreso bruto por noche y también más costos, más rotación, más desgaste y más riesgo regulatorio. Lo comparamos con números en temporal o tradicional.

Cronología del proyecto de ley: dónde está en 2026

FechaHitoQué significa
18 de octubre de 2024Se presenta el Proyecto de Ley 9084/2024-CR en la Comisión de Comercio Exterior y TurismoPropone el REDAT administrado por el Mincetur y define el alquiler turístico como estadías de hasta 30 días, renovables por otros 30
Diciembre de 2024La Comisión de Defensa del Consumidor aprueba por unanimidad un dictamen que acumula los proyectos 5467/2022-CR, 9084/2024-CR y 9362/2024-CRPrimer dictamen favorable
17 de marzo de 2025La Comisión de Comercio Exterior y Turismo aprueba su dictamen sobre los proyectos 9084 y 9362Segunda comisión a favor; el texto queda listo para el Pleno
Mayo de 2026El texto figura en la agenda del Congreso (Orden del Día) sin fecha de debateNo es ley: nadie está obligado a inscribirse en el REDAT

Elaboración propia con las notas del Congreso de la República (17 de marzo de 2025), ComexPerú, El Comercio (diciembre de 2024) y Gestión (25 de mayo de 2026). Actualizado al 1 de octubre de 2026.

Dos detalles del texto dictaminado, según la cobertura de mayo de 2026: las multas serían escalonadas, de hasta 7 UIT (S/ 38.500 con la UIT 2026 de S/ 5.500) para las infracciones muy graves, y se prohibiría colocar letreros con denominaciones parecidas a las de un hotel. El Estado podría, a cambio, promover turísticamente los inmuebles registrados. En la comisión se mencionó una cifra de contexto: unas 45.000 propiedades dedicadas al alquiler vacacional por plataformas en el país, según el congresista Ernesto Bustamante.

¿Qué le exigiría el REDAT al propietario?

El proyecto 9084 también fija la frontera con el arrendamiento civil: el alquiler turístico dura como máximo 30 días, renovables por otros 30; un contrato de arrendamiento común debe superar los 60 días. Esa frontera importa porque de ella depende qué normas y qué fiscalización aplican a cada inmueble.

Lo que cambió en impuestos desde enero de 2026

La Ley 32430, publicada el 21 de agosto de 2025 y vigente desde el 1 de enero de 2026, cambió la regla de la renta de primera categoría para las personas naturales: el impuesto se paga cuando el alquiler se cobra efectivamente (criterio de lo percibido) y ya no cuando se devenga. La tasa efectiva sigue siendo el 5% del ingreso. Para quien alquila por días esto reduce el problema de pagar impuesto por noches no cobradas, pero no toca la pregunta de fondo: si además del inmueble se prestan servicios de tipo hotelero, la renta puede dejar de ser de primera categoría. La regla no alcanza a las empresas, que siguen tributando por lo devengado.

Preguntas frecuentes

¿Es legal alquilar mi departamento por días en el Perú?

No existe una ley nacional específica que lo prohíba, pero debe revisarse la ordenanza de la municipalidad distrital, el reglamento interno del edificio y las obligaciones tributarias correspondientes. Algunas municipalidades han emitido ordenanzas restrictivas.

¿Qué dice la ordenanza de Miraflores?

La Ordenanza N° 561/MM prohíbe destinar inmuebles a residencia rotativa, alquiler vacacional o alojamiento. Ha sido cuestionada por un grupo de vecinos que pide su derogación.

¿Debo inscribirme en algún registro?

Los proyectos de ley 9084/2024-CR y 9362/2024-CR proponen la inscripción obligatoria en el REDAT mediante declaración jurada, pero son propuestas en trámite y no normas vigentes.

¿Sunat fiscaliza el alquiler temporal?

Se reporta fiscalización conjunta entre Sunat y municipalidades en distritos turísticos de Lima durante 2026, así como el uso de herramientas de análisis para identificar anfitriones que prestan servicios de tipo hotelero.

¿Qué debo revisar antes de empezar?

La ordenanza de la municipalidad distrital, el reglamento interno del edificio y la categoría de renta que corresponde según los servicios que se presten junto al alojamiento.

¿Ya se aprobó la ley de alquiler temporal en el Perú?

No. A octubre de 2026 el dictamen que crea el REDAT fue aprobado por la Comisión de Defensa del Consumidor (diciembre de 2024) y por la Comisión de Comercio Exterior y Turismo (17 de marzo de 2025), y espera su debate en el Pleno del Congreso.

¿Cuánto sería la multa por no inscribirse en el REDAT?

El texto dictaminado prevé multas escalonadas de hasta 7 UIT para las infracciones muy graves, según la cobertura de mayo de 2026. Con la UIT 2026 de S/ 5.500, el tope sería S/ 38.500. Hasta que la ley se apruebe y se reglamente, no hay sanción alguna por no estar registrado.

¿Cuántos días define el proyecto como alquiler turístico?

El Proyecto de Ley 9084/2024-CR define el alquiler turístico temporal como el alojamiento de hasta 30 días, renovable por otros 30, y lo separa del arrendamiento civil, que debe superar los 60 días. El texto final puede ajustar esos plazos.

¿Qué impuesto paga quien alquila su departamento por días?

Si solo cede el inmueble, renta de primera categoría: 5% efectivo del ingreso y, desde el 1 de enero de 2026, solo sobre lo efectivamente cobrado (Ley 32430). Si presta servicios adicionales de tipo hotelero, puede corresponder la tercera categoría, que se analiza en el artículo enlazado más arriba.

¿Quién administraría el registro de alquiler temporal?

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), que según el proyecto sería la autoridad competente para registrar, fiscalizar, sancionar e incentivar la actividad.

Relacionado: dónde alquilar tu propiedad y cómo elegir al inquilino.

Fuentes

Cómo te ayuda EximiaHaus

El alquiler temporal exige más gestión y más orden documental que el tradicional. Si vas a entrar o quieres comparar, empieza con números y respaldo:

  • Valorizador Inmobiliario — estima el valor de tu propiedad al instante con nuestro modelo de IA y datos reales del mercado.
  • Asesoría legal inmobiliaria — revisión de partida y cargas, minuta, arras y seguimiento de la inscripción antes de que firmes.
  • Publicar un inmueble — anuncia tu propiedad en minutos, con ficha completa y video automático del aviso.

¿Prefieres que te asesoremos directamente? Escríbenos por WhatsApp desde la página de servicios y te respondemos el mismo día.

¿Vas a alquilar tu inmueble?

Un aviso con fotos claras y una renta en línea con la zona es lo que más acorta la espera. Si quieres, te acompañamos desde la publicación hasta la firma.

Publica tu inmueble

Modelo de contrato de arrendamiento en Word

Recursos para este tema

Temas: Alquiler temporal, Airbnb, Regulación, Sunat, Municipalidades

Jean Crl

Escrito por

Escribe las guías del blog de EximiaHaus sobre compra, venta y alquiler de inmuebles en el Perú: precios por distrito, crédito hipotecario, impuestos, trámites en Sunarp y municipalidad, y cómo publicar una propiedad para que se venda o se alquile.

Seguir en Instagram @jean.eximiahaus

Ver todos sus artículos · Cómo hacemos nuestras guías

Sigue leyendo

Ver todos los artículos del blog · Buscar propiedades · Servicios de EximiaHaus