La cuarta y última cuota del impuesto predial de 2026 vence el lunes 30 de noviembre, último día hábil del mes, en todas las municipalidades del país. Los arbitrios de octubre, noviembre y diciembre vencen en la fecha que fija cada municipalidad en su ordenanza (en muchas de Lima, el último día hábil de cada mes), y las ordenanzas de arbitrios de 2027 ya empezaron a publicarse: la de La Molina salió en El Peruano el 8 de octubre de 2026 (Ordenanza N.° 499/MDLM, con el Acuerdo N.° 236 de ratificación de la Municipalidad de Lima).
Datos clave
- Lunes 30 de noviembre de 2026: vence la 4.ª cuota del predial 2026 (Ley de Tributación Municipal, art. 15: febrero, mayo, agosto y noviembre).
- Reajuste por IPM: las cuotas 2.ª, 3.ª y 4.ª se actualizan con el Índice de Precios al por Mayor que publica el INEI; la cuponera de enero ya lo estima.
- Arbitrios 2027: las ordenanzas deben publicarse, ratificadas en Lima por la Municipalidad Metropolitana, a más tardar el 31 de diciembre de 2026 (art. 69-A).
- La Molina: primera ordenanza de arbitrios 2027 detectada en El Peruano este octubre (8-oct-2026).

Predial: qué pasa si no pagas la cuarta cuota
El predial se paga al contado hasta el último día hábil de febrero o en cuatro cuotas trimestrales. Si la del 30 de noviembre no se paga, desde el 1 de diciembre la deuda genera el interés moratorio que fija cada municipalidad (la tasa de interés moratorio municipal, TIM, no puede superar la de la Sunat) y entra a cobranza; con el tiempo puede terminar en una orden de pago y en cobranza coactiva. La deuda no prescribe sola: la prescripción hay que pedirla. Si estás vendiendo, el notario pedirá el predial del año completo pagado antes de la escritura: qué pasa si debes predial o arbitrios al vender.
Arbitrios: cada municipalidad, su fecha
A diferencia del predial, los arbitrios (limpieza pública, parques y jardines, serenazgo) los fija cada municipalidad en una ordenanza anual, con el monto por predio y el calendario de pago. Por eso no hay una fecha nacional: en Miraflores, San Isidro o Surco vencen cada mes; en otros distritos, por trimestre. La guía dónde y cómo pago mis arbitrios lleva a las fichas por distrito (Miraflores, Surco, San Isidro y treinta más), cada una con la ordenanza vigente y sus fechas.
Arbitrios 2027: por qué importa una ordenanza publicada en octubre
La ley obliga a que la ordenanza de arbitrios del año siguiente se publique, ya ratificada por la municipalidad provincial (en Lima, la Metropolitana), a más tardar el 31 de diciembre. Si una municipalidad no cumple el plazo, solo puede cobrar en 2027 el monto del año anterior reajustado por el IPC. La Molina publicó la suya el 8 de octubre de 2026 con su acuerdo de ratificación: eso significa que sus vecinos ya pueden revisar en el texto cuánto pagarán el próximo año y con qué criterios (metros, uso, frontis, zona). Esta sección irá registrando las demás a medida que salgan en El Peruano.
| Fecha | Qué vence o qué cambia | Base |
|---|---|---|
| Octubre a diciembre de 2026 | Arbitrios del mes o del trimestre, según la ordenanza de tu municipalidad | Ordenanza distrital de arbitrios 2026 |
| 8 de octubre de 2026 | La Molina publica su régimen de arbitrios 2027 (Ord. 499/MDLM, Acuerdo 236 MML) | El Peruano, normas legales |
| Lunes 30 de noviembre de 2026 | 4.ª cuota del impuesto predial 2026, reajustada por IPM | Ley de Tributación Municipal, art. 15 |
| 31 de diciembre de 2026 | Plazo para publicar las ordenanzas de arbitrios 2027 ratificadas | Ley de Tributación Municipal, art. 69-A |
| Último día hábil de febrero de 2027 | Declaración y pago al contado (o 1.ª cuota) del predial 2027 | Ley de Tributación Municipal, arts. 14 y 15 |
Preguntas frecuentes
¿La cuarta cuota del predial es igual a la primera?
No exactamente: las cuotas segunda, tercera y cuarta se reajustan con la variación acumulada del Índice de Precios al por Mayor (IPM) del INEI entre el mes de vencimiento de la primera cuota y el mes anterior al pago. La cuponera de enero muestra un estimado; el monto exacto lo da la municipalidad al pagar.
Compré este año: ¿quién paga el predial de 2026?
El que era propietario al 1 de enero de 2026. El comprador empieza a pagar desde el año siguiente a la compra, pero debe declarar el inmueble en la municipalidad hasta el último día hábil de febrero de 2027. El detalle está en cuándo cambia el obligado a pagar el predial.
¿Puedo reclamar si mi municipalidad publica los arbitrios 2027 después del 31 de diciembre?
Sí. Una ordenanza publicada fuera de plazo o sin ratificación no puede aplicarse en el ejercicio; la municipalidad solo puede cobrar el monto del año anterior reajustado por el IPC. Es el criterio del artículo 69-A de la Ley de Tributación Municipal y lo ha confirmado el Tribunal Fiscal en reiteradas resoluciones.
Fuentes
- El Peruano — Normas legales del 8 de octubre de 2026 (Ordenanza N.° 499/MDLM y Acuerdo N.° 236, Municipalidad de La Molina)
- MEF — Tributos municipales (TUO de la Ley de Tributación Municipal, D.S. 156-2004-EF, arts. 15 y 69-A)
Cómo te ayuda EximiaHaus
Una deuda de predial o arbitrios no impide vender, pero sí aparece en la notaría y en el precio. Antes de cerrar el año:
- Vender tu propiedad — cómo se ordena la venta paso a paso y qué produce el portal por ti.
- Valorizador Inmobiliario — estima el valor de tu propiedad al instante con nuestro modelo de IA y datos reales del mercado.
- Asesoría legal inmobiliaria — revisión de partida y cargas, minuta, arras y seguimiento de la inscripción antes de que firmes.
¿Prefieres que te asesoremos directamente? Escríbenos por WhatsApp desde la página de servicios y te respondemos el mismo día.
