¿Se puede vender una casa o terreno que me donaron?

¿Se puede vender una casa o terreno que me donaron?

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Sí: una vez inscrita la donación, el inmueble es tuyo y puedes venderlo. Lo que conviene revisar antes son la reversión, el usufructo o las cargas pactadas, el riesgo de reducción si la donación excedió lo que el donante podía dar y, sobre todo, el impuesto a la renta, porque el costo de lo recibido gratis puede ser cero.

Sí, puedes vender una casa o un terreno que te donaron. La donación de un inmueble se hace por escritura pública (Código Civil, art. 1625) y, una vez que te lo transfirieron, eres el propietario, con el poder de "disponer" del bien (art. 923). Antes de venderlo revisa cuatro cosas: si la donación tiene reversión, usufructo o cargas pactadas; si el donante tenía herederos forzosos y te donó más de lo que podía; si estás casado y cómo se hizo la donación; y el impuesto a la renta, porque lo recibido gratis desde agosto de 2012 tiene costo cero para Sunat, salvo que acredites lo que le costó al donante.

Es información general: con la escritura de donación y la partida a la vista, un abogado confirma en minutos si hay algún obstáculo.

Datos clave

  • Eres el dueño: la propiedad permite usar, disfrutar, disponer y reivindicar el bien (Código Civil, art. 923).
  • Reversión: si se pactó a favor del donante, su asentimiento a la venta implica que renuncia a ella (arts. 1631 y 1632).
  • Herederos forzosos: nadie puede donar más de lo que podría dejar por testamento; el exceso se regula con el valor al morir el donante (art. 1629).
  • Si eres heredero forzoso: lo donado se colaciona como anticipo de herencia y, si lo vendiste, se colaciona por su valor (arts. 831 y 833).
  • Casado: lo que recibes a título gratuito es bien propio (art. 302, inc. 3).
  • Impuesto a la renta: si lo recibiste desde el 1 de agosto de 2012, el costo computable es cero salvo que acredites el costo del donante (Ley del Impuesto a la Renta, art. 21.1; SUNAT).

¿Puedo vender una casa que me donaron?

Sí. La donación no es un préstamo ni un permiso de uso: te transfiere la propiedad. Con la escritura de donación inscrita en Sunarp, figuras como titular en la partida y puedes vender, hipotecar o alquilar como con cualquier otro inmueble tuyo. El trámite de la venta es el mismo de una compraventa común: minuta, escritura, pago de impuestos e inscripción.

Lo que cambia son las condiciones que pudo dejar el donante en la escritura y algunos riesgos propios de las donaciones. Por eso el primer paso es leer tu escritura y pedir la copia literal de la partida.

Para ver en qué momento de la venta entra esto, revisa la guía completa para vender en el Perú.

¿Qué hay que revisar antes de vender un inmueble donado?

Qué revisarQué significaCómo se resuelve para venderFuente
ReversiónPacto por el que el bien vuelve al donante en ciertos casos; solo puede pactarse a su favorEl asentimiento del donante a la venta determina su renuncia a la reversiónCódigo Civil, arts. 1631 y 1632
Usufructo reservadoEl donante se quedó con el derecho de usar la casa o cobrar su rentaSe vende la nuda propiedad o el usufructuario renuncia; se ve en la partidaEscritura de donación y partida registral
CargasObligaciones que asumiste al recibir (pagar una deuda, atender al donante)Verifica que estén cumplidas o cómo siguen después de venderCódigo Civil, arts. 1625 y 1642
Donación inoficiosaEl donante tenía herederos forzosos y donó más de lo que podía disponer por testamentoEl exceso se calcula al morir el donante; conviene saberlo antes de venderCódigo Civil, arts. 1629 y 1645
RevocaciónEl donante puede revocar solo por causas de indignidad o desheredación, en plazoNo depende de un arrepentimiento; revisa si existe alguna causalCódigo Civil, arts. 1637 a 1641
Estado civilLo recibido a título gratuito es bien propio del cónyuge que lo recibeVendes solo, salvo que la donación se haya hecho a ambos cónyugesCódigo Civil, arts. 302 y 1630

Si hay usufructo, la separación entre quien es dueño y quien usa el inmueble está explicada en nuda propiedad y usufructo. Cuándo se puede revocar o anular una donación, en si se puede revocar un anticipo de legítima o una donación.

¿Qué pasa con los otros herederos si vendo lo que me donaron?

Aquí conviene distinguir dos figuras que suelen confundirse:

Para el comprador, el Código Civil protege al tercero que adquiere a título oneroso y de buena fe de quien figura en el registro con facultades para vender, aunque después se anule o resuelva el derecho del vendedor por causas que no consten en el registro (art. 2014). Aun así, un comprador cuidadoso o su banco van a preguntar por la donación. Tenerla ordenada (escritura, partida, y si aplica, la renuncia a la reversión) evita que la venta se caiga en la revisión legal.

¿Cuánto impuesto pago si vendo una casa que me donaron?

Es el punto que más cambia la cuenta. La Ley del Impuesto a la Renta dice que si adquiriste el inmueble a título gratuito, "el costo computable será igual a cero", aunque puedes considerar el costo que tenía el donante si lo acreditas de manera fehaciente (art. 21.1, literal a.2). SUNAT precisa que la regla del costo cero rige para adquisiciones gratuitas desde el 1 de agosto de 2012; para las anteriores, el costo es el autovalúo ajustado con el Índice de Corrección Monetaria.

Tu casoCosto que puedes restarFuente
Donación recibida desde el 1 de agosto de 2012, sin documentos del donanteCero: todo el precio es gananciaSUNAT; LIR art. 21.1
Donación recibida desde el 1 de agosto de 2012, con la compra del donante acreditadaEl costo del donanteLIR art. 21.1, literal a.2
Donación recibida antes del 1 de agosto de 2012Autovalúo ajustado con el ICMSUNAT
Donación recibida antes de 2004La venta no está gravada con rentaSUNAT, preguntas frecuentes
La casa fue tu casa habitación al menos 2 añosVenta exonerada si cumples las condicionesSUNAT

Supongamos que Carlos recibió de su madre en 2019 un departamento que ella había comprado en 2010 por S/ 250.000, con escritura y comprobantes. Carlos vive en otro inmueble propio y vende el departamento en 2026 por S/ 450.000. Si acredita el costo de su madre y, actualizado con el ICM, ese costo diera S/ 300.000 (cifra ilustrativa), la ganancia sería S/ 150.000 y el impuesto del 5%, S/ 7.500. Si no tiene cómo acreditarlo, el costo es cero: el impuesto sería el 5% de S/ 450.000, es decir, S/ 22.500. La diferencia está en un papel que conviene pedir al donante mientras se pueda.

Si el departamento fue tu casa habitación, revisa las condiciones en la exoneración de casa habitación. El cálculo lo haces con la calculadora de impuesto a la renta por venta de inmuebles, y el panorama general del vendedor está en cuándo pagas impuesto al vender tu casa. La lógica es parecida a la de una casa heredada, que tratamos en vender una casa heredada.

¿Quién paga la alcabala?

En la venta, el comprador: 3% sobre lo que exceda 10 UIT (S/ 55.000 en 2026). La alcabala que tú pagaste al recibir la donación ya quedó atrás.

Pasos para vender un inmueble donado

  1. Pide la copia literal de la partida y verifica que la donación esté inscrita a tu nombre y qué cargas figuran.
  2. Relee la escritura de donación: reversión, usufructo, cargas y si fue a ti solo o a ti y tu cónyuge.
  3. Si hay reversión, consigue el asentimiento del donante a la venta; si hay usufructo, define si vendes la nuda propiedad o si el usufructuario renuncia.
  4. Reúne los documentos del costo del donante (su escritura de compra, comprobantes) para el impuesto a la renta.
  5. Calcula el impuesto y el precio neto que te queda.
  6. Firma la minuta y la escritura; paga el impuesto con el Formulario Virtual 1665 o presenta la declaración de no estar obligado.

Para la minuta puedes partir del modelo de contrato de compraventa de inmueble. Si todavía estás del otro lado, pensando cómo pasar una casa a un hijo, compara las opciones en donación de un inmueble: requisitos y costos, anticipo de legítima. Y si la casa te llegó por herencia y no por donación, la ruta está en Cómo vender una casa heredada en el Perú: sucesión intestada, Sunarp e impuestos (guía completa 2026).

Preguntas frecuentes

¿Se puede vender una casa donada?

Sí. La donación inscrita te hace propietario y puedes vender. Revisa antes si hay reversión, usufructo o cargas en la escritura, y calcula el impuesto a la renta.

¿Puedo vender un terreno que me donaron?

Sí, con las mismas reglas. En el impuesto hay una diferencia: un terreno sin construir casi nunca califica como casa habitación, así que la exoneración no suele aplicar y el costo computable puede ser cero si lo recibiste desde agosto de 2012.

¿Necesito la firma del donante para vender?

No, salvo que la donación tenga un pacto de reversión o un usufructo a su favor. Con reversión, su asentimiento a la venta implica que renuncia a ella (Código Civil, art. 1632).

¿Mis hermanos pueden reclamar si vendo la casa que me donaron mis padres?

No pueden impedir la venta, pero al abrirse la herencia lo donado se colaciona como anticipo, por su valor si ya lo vendiste (arts. 831 y 833), y si la donación excedió lo que tus padres podían disponer, se reduce en el exceso (art. 1645).

¿Mi esposa tiene que firmar si vendo una casa que me donaron?

Si la donación fue solo a tu nombre, es bien propio (art. 302, inc. 3) y la vendes tú. Si se donó a ambos cónyuges, firman los dos. Cuándo se necesita la firma del cónyuge está en si puedes vender sin la firma de tu cónyuge.

¿Cuánto tiempo tengo que esperar para vender una casa donada?

El Código Civil no fija un plazo de espera para vender. Lo que sí depende del tiempo es el impuesto: la exoneración de casa habitación exige que el inmueble haya sido tuyo al menos dos años.

¿Se puede vender una casa donada a un menor de edad?

Un menor no vende por sí mismo: se requiere autorización judicial. Lo explicamos en vender una casa a nombre de un menor.

Fuentes

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Si vas a vender un inmueble que recibiste en donación, conviene revisar la partida y el impuesto antes de fijar el precio:

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Recursos para este tema

Temas: Donación, Anticipo de legítima, Vender, Impuesto a la renta, Código Civil

Jean Crl

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